Es imposible acallar la voz de un pueblo. La revuelta social de octubre 18 de 2019 es un punto sin retorno. Allí se afirmó el ejercicio pleno de los derechos ciudadanos del Pueblo. Derecho a elegir y ser elegido, a concurrir al proceso de formación de leyes y al control de la administración del Estado y sus Poderes. A participar en su realidad pluriétnica y multicultural y para ello defender la autonomía de las nacionalidades que la integran, practicar la solidaridad entre todas ellas, ejercer el pluralismo económico, jurídico, lingüístico como garantía del reconocimiento y promoción de sus culturas y su aporte a la diversidad de la Nación.
Nada de eso se encuentra en el texto que hasta hoy conocemos. Peor todavía. Nos negamos a reconocer la multiculturalidad. Volvemos una y otra vez al decreto de la chilenidad de O’Higgins (3 de julio de 1818) que intentó reducir la realidad del mestizaje a una sola categoría englobante. A finales del siglo XIX y comienzos del siglo XX, algunos intelectuales intentaron profundizar ese intento, creando una pseudo identidad blanca, contraria a la realidad histórica de pueblos originarios y aportes étnicos en el decurso de los siglos. No veo conciencia alguna en virtud de la que esto pueda ser revertido en las pocas semanas que quedan. Una vez más habremos fallado, con el reconocimiento de nuestra propia identidad, conscientemente como Estado y colectivamente como ciudadanos.
1 Una Constitución es una obra colectiva donde el Pueblo plasma en instituciones las reivindicaciones que definen el régimen político que las consagra. Quienes integran el llamado Consejo Constitucional, así como la previa Comisión Experta fueron elegidos por la clase política sin participación del Pueblo.
El Pueblo ha estado ausente, por lo que en su origen este texto es ilegítimo.
2. El principio de la Soberanía Popular, base de un sistema republicano, es esencialmente semi-representativo pues el Pueblo participa de manera indirecta a través de las elecciones. Pero también el Pueblo expresa directamente su voluntad a través de la Iniciativa Popular de Leyes, la Revocación del mandato conferido por el Pueblo a sus representantes cuando estos han fallado en el cumplimiento de sus programas y propuestas (el llamado Referéndum Revocatorio) y las instancias Plebiscitarias determinadas en la Constitución. Ninguna de estas instancias se reconoce en el texto discutido por el Consejo Constitucional.
Concluimos que este texto deja de lado la participación del Pueblo en las grandes decisiones. Y por ello, es ilegítimo.
3 En un futuro, no sé si próximo o lejano, los Pueblos originarios, Altiplánicos, Mapuche, Rapa-nui, existirán junto a las Asambleas Territoriales y Asambleas Indígenas Autónomas en la administración de los territorios de comunidades indígenas, para así existir en comunicación directa con los servicios generales de la Nación. En ese mundo de autonomías, las municipalidades asumirán tareas con poderes suficientes para el desarrollo efectivo de sus comunas; estarán dotadas de poderes decisorios para el bienestar de su comunidad y desarrollarán desde allí, la democracia que siempre será iniciada en la base social del país, quiero decir de los trabajadores.
En ausencia de estos principios básicos de gestión de la Comuna y de las comunidades indígenas, no nos queda sino rechazar un texto constitucional que ignora la realidad pluriétnica y multicultural de la Nación.
4.- La garantía constitucional de los Bienes Públicos básicos a saber, Salud, Educación y Vivienda, acceso al agua, pensiones, empleo y salarios dignos….no puede estar resguardada con la consagración de la ley del mercado, es decir de las AFP, ISAPRES y monopolios inmobiliarios. El texto que se discute ignora que los Bienes Públicos – agua, aguas marítimas, yacimientos mineros, energía, infraestructura, tierras públicas – son de propiedad de la Nación de manera exclusiva, irrenunciable e imprescriptible. Por ello nos oponemos a las privatizaciones programáticamente establecidas por la Derecha en su programa.
El desarrollo de nuestro patrimonio natural según los intereses de la Nación, cobre y sus subproductos estratégicos, litio, hierro, oro, plata, et cetera, nos impide aprobar un texto que entrega nuestras riquezas naturales a las transnacionales.
5- Ningún avance social podrá llevarse a cabo sin la participación del Pueblo trabajador. La Constitución es una obra colectiva donde el Pueblo plasma en instituciones las reivindicaciones que definen el régimen político que las consagra. La revuelta social de octubre 2019, es apenas una imagen de un momento histórico que no cesa de manifestarse a lo largo y ancho del territorio. Muchas de las reivindicaciones sociales de ese momento se han enriquecido con la práctica social de hombres y mujeres que han representado ante las actuales autoridades del estado las propuestas que hoy se discuten en la calle.
Retomar la Comuna como lugar privilegiado del debate social y constitucional, bajo la forma de Cabildos y Asambleas territoriales, es la opción que dará forma a los textos del futuro.
Convocamos a la ciudadanía a defender los derechos a la educación, la salud, la vivienda, a una pensión digna, a la representación justa de todas las tendencias políticas, a empleos y remuneraciones dignas, a definir el papel del Estado en la economía y el término de la subsidiaridad que lo reduce, a recuperar nuestras riquezas básicas, a integrar nuestro territorio, a hacer habitable nuestras ciudades que se han convertido en ghettos al servicio de los especuladores de la construcción, a discutir los temas laborales, el fortalecimiento de la negociación colectiva y de los sindicatos, el fin del reemplazo en huelga, la cabida en las instituciones municipales de los movimientos sociales, a redefinir el papel de las organizaciones locales, a reencontrarnos con nuestros hermanos del exilio y pueblos originarios, mapuche, kawashkar, rapa nui, altiplánicos.
Santiago, septiembre 21, 2023